Germán Bahamón, Liliana Restrepo, César Caicedo y Arturo Calle fueron los empresarios nombrados por el presidente.

En su declaración del 6 de octubre, el presidente Abelardo De La Espriella hizo mención de las personas que figurarán dentro de junta directiva del Fondo Milagro. Este es un vehículo financiero creado en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica para centralizar y administrar los recursos destinados para atender la crisis derivada del sismo del 10 de agosto.

​En palabras del alto mandatario, “el Fondo Milagro está formalmente constituido y entra en operación. A partir de este miércoles comenzará la disposición de los recursos, con un monto inicial de un billón de pesos”.

La junta directiva

Basado en las declaraciones del presidente, el cuerpo ejecutivo se conformará así:

  • Jaime Andrés Uribe Tamayo, empresario antioqueño muy cercano al presidente, como gerente del Fondo Milagro.
  • Liliana Restrepo, empresaria pereirana y fundadora de Frisby, como miembro.
  • Germán Bahamón, empresario huilense y gerente general de la Federación Nacional de Cafeteros (Fedecafe), como miembro.
  • César Caicedo, empresario vallecaucano y presidente de Colombina, como miembro.
  • Arturo Calle, reconocido fundador de la marca que lleva su nombre, como miembro
  • Carlos Ríos, exdirector del DAPRE y actual secretario general de la Presidencia, como miembro.

¿Quiénes más estarán en el órgano directivo?

A nivel de gobernanza, el fondo estará dirigido por un Consejo Directivo que concentrará la priorización de los proyectos. El decreto 1379 de 2026 estipula que este órgano estará integrado por cinco representantes del presidente de la República (los 5 miembros de la lista anterior), un delegado del Departamento Nacional de Planeación (DNP), uno del Ministerio de Hacienda y uno de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), este último con voz, pero sin voto. La coordinación operativa recaerá sobre un gerente designado directamente por el presidente (Jaime Andrés Uribe Tamayo).

Para garantizar la liquidez y evitar la inmovilización anticipada del capital, los recursos monetarios del fondo no serán girados de manera anticipada a la fiduciaria. Estos permanecerán en el Sistema de Cuenta Única Nacional y serán administrados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, entidad que se encargará de realizar los giros de manera directa a los beneficiarios finales una vez se acredite el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

En términos de control y transparencia, la ejecución de los recursos estará sujeta a una auditoría independiente a cargo de una firma internacional.

¿Cuáles fueron los cambios que se harán con el decreto 1488 de 2026?

El documento ejecuta la fase de liquidación de los recursos que habían sido adicionados al Presupuesto General de la Nación de 2026 mediante un decreto legislativo previo. En términos técnicos, este documento define la destinación de la partida presupuestal aprobada para la emergencia.

El decreto formaliza y clasifica la inyección de los $624.656 millones de pesos como recursos del capital de la Nación. El anexo del decreto asigna operativamente esta totalidad al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, bajo el concepto de transferencias corrientes dirigidas a la subcuenta del Fondo Milagro.

Escrito por Juan Alejandro Quiroga Hernández.

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