El gobierno presentará ante el Congreso un proyecto de ley de más de 130 artículos enfocado en asfixiar las fuentes de financiamiento de las organizaciones criminales. ¿Cómo operará?
El Gobierno Nacional alista un proyecto de ley enfocado en fortalecer las herramientas jurídicas, financieras y operativas del Estado frente a organizaciones y personas señaladas de actividades terroristas.
Según detalló el ministro del Interior, Rodrigo Lara, el borrador del denominado ‘estatuto antiterrorista’ constituye “una pieza que ya tiene más de 130 artículos, crea una lista de organizaciones terroristas y de ahí se desprenden normas específicas para esas organizaciones”, con el objetivo primario de “atacar las finanzas” de estas estructuras.
Dentro de sus componentes centrales, la iniciativa plantea la creación del Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, una base de datos pública con dinámicas similares a la lista OFAC del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, cuya consulta sería obligatoria para entidades bancarias, notarías y sectores del sistema financiero en sus esquemas de debida diligencia, derivando en el congelamiento preventivo de activos y restricciones para contratar con el Estado.
Inclusión de actores, procedimientos y observaciones de la oposición
La propuesta normativa contempla que la incorporación al registro nacional pueda realizarse mediante decisiones administrativas del Consejo de Seguridad Nacional, vinculaciones automáticas a listas de la Organización de las Naciones Unidas o la adopción de designaciones internacionales. Frente a las decisiones de inclusión, los afectados podrían tramitar solicitudes de exclusión y acudir posteriormente ante el Consejo de Estado.
La eventual inclusión de personas naturales por vía administrativa fue calificada por el senador de la oposición Iván Cepeda como “especialmente preocupante”, al considerar que permitiría la aplicación de sanciones patrimoniales y económicas sin la existencia previa de una condena emitida por un juez.
Asimismo, la oposición ha señalado reservas sobre la amplitud en la definición del delito y su posible alcance sobre actividades asociadas a la protesta social, mientras el proyecto incorpora mecanismos de incautación rápida de bienes y la persecución de fuentes ilícitas de financiamiento como el narcotráfico y la minería ilegal.
Creación institucional, marco operativo y reformas penales
El articulado contempla la creación del cargo de Alto Comisionado contra el Terrorismo por un periodo de cinco años, con designación directa por parte del presidente de la República, además de la concesión de facultades extraordinarias al gobierno por seis meses para reglamentar la nueva dependencia.
Respecto a la duración y atribuciones de la figura, Cepeda afirmó: “La figura del Alto Comisionado contra el Terrorismo se convierte en la creación de un cargo con plenos poderes, que es definido bajo estado de excepción por Abelardo de la Espriella, y que excede el periodo de cualquier gobierno”.
En el plano de la fuerza pública, la iniciativa precisa reglas para operaciones militares bajo el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y asigna al Consejo de Estado el conocimiento en primera instancia de las acciones de tutela presentadas contra autoridades de defensa por asuntos de seguridad nacional.
Finalmente, el estatuto incluye modificaciones al código penal para conductas como el secuestro, la extorsión, la minería ilegal, el uso de drones y ataques a infraestructura crítica, fijando un régimen penitenciario especial para cabecillas y beneficios por colaboración judicial.
Con información de EFE
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