La entrada en vigor de la Ley de Delitos Ambientales parece estar dando frutos, pero desde el punto de vista legal, hay ajustes que se deben hacer si se quiere lograr un escenario de verdadera reparación.

Más allá de hacer una política de gobierno, la estrategia medioambiental de Colombia requiere unos parámetros de Estado que perduren en las administraciones que deben garantizar el cumplimiento de tres pilares clave durante los próximos siete años: los compromisos internacionales que tiene el país, en particular la reducción de 51% en las emisiones de gases invernadero a 2030 como parte del acuerdo de París; la protección de al menos 30% del territorio nacional; así como el logro de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS). Eso se ha materializado en cinco leyes de la República.

Cada una de ellas es relevante si se tiene en cuenta que, en su momento, tuvieron apoyo tanto de los partidos oficiales como de las colectividades de oposición, revelando el fuerte consenso que hay en el país con respecto a ellas: la Ley de Transporte Limpio y Electrificación del Transporte del 2019, la Ley de Endeudamiento Público que habilitó los bonos temáticos en el 2020, la Ley de Delitos Ambientales para la Lucha contra la Deforestación y la Ley de Transición Energética en 2021, así como la Ley de Acción Climática y Descarbonización en 2022. En este punto, nos interesa el tercer elemento de este diverso ramillete.

Y es que cuando uno se pregunta qué tan fuerte es este proyecto, hay que decir que la ley no cambió de manera sustancial lo que ya existía a nivel penal ambiental y por lo tanto parece ser un poco “más de lo mismo”, pese a incorporar hasta 17 nuevos delitos, según explicó el director del Equipo de Ambiente y Negocios Sostenibles de Brigard Urrutia, Guillermo Tejeiro.

“Estas adiciones parecen estar mucho más enfocadas en la protección efectiva del medio ambiente, y aunque las nuevas conductas que se pretenden castigar siempre se han cometido, desde la promulgación de esta ley el fenómeno ha tenido mayor notoriedad. No obstante, en la práctica aún falta mucho trabajo por hacer”, añadió.

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LAS CIFRAS

Entre los nuevos delitos tipificados para entonces se cuentan la deforestación, su promoción y financiación, el tráfico de fauna, la financiación de la invasión de áreas de especial importancia ecológica, la financiación y apropiación ilegal de baldíos de la nación, daños en los recursos naturales y ecocidio, caza y pesca ilegal, el aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables y la contaminación ambiental.

Un año después, exactamente en junio de 2022, ya se había judicializado a 117 personas por delitos ambientales, cifra que ascendió a 267 para diciembre del mismo año. De ese total, 145 casos recibieron acusación formal y 33 ya tuvieron condenas.

Según el director especializado contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, Hugo Tovar, los delitos ambientales con mayores índices de consumación son la extracción ilícita de minerales y la deforestación.

Otro de los fenómenos que más aqueja al país es el tráfico de fauna, considerado el cuarto negocio ilegal más rentable de la nación con ingresos anuales de hasta US$23 billones. Solo en 2021, el Ministerio de Ambiente registró la incautación de 18.636 individuos de fauna y 282.147 de flora.

En relación con el tráfico de especies, los más comercializados han sido pericos y canarios, tortugas, cocodrilos, serpientes, monos y felinos. Para este año la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca ha reportado 406 animales silvestres rescatados por temas relativos a la tenencia ilegal.

A medida que se va conociendo e implementando la ley de delitos ambientales, el índice de denuncias va en aumento. De ahí que, según cifras de la Fiscalía, entre febrero de 2022 y febrero 2023, ingresaran 2.248 noticias criminales por delitos ambientales, lo que representó un aumento de 13% frente al periodo anterior.

Los sitios donde hubo mayor incremento de denuncias por este tema fueron las seccionales de Quindío, Vichada, Chocó, Bogotá y Valle del Cauca, pues la cantidad de casos recibidos para investigación aumento 130% en promedio.

Pese a estos avances, la profesora e investigadora del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia, María del Pilar García, comentó que las acciones que se llevan a cabo hoy en día parecen insuficientes para controlar los crímenes ambientales, considerando que aún estamos lejos de lograr la protección efectiva de los bienes jurídicos amenazados.

Si bien no es la primera vez que Colombia procura solucionar la problemática ambiental identificando nuevas conductas punitivas, aún hay esperanza de impulsar acciones más eficientes y contundentes en la materia. Esto no solo con la ley de 2021, sino con las nuevas herramientas para la gestión al interior de la Fiscalía General de la Nación y la creación de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente dentro de la institución.

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“Esto es un punto a favor de la protección del medio ambiente, pues la creación de una dirección especializada implica, en teoría, la contratación de personal experto en la materia. En este sentido, hoy en día el ente acusador tiene todo un equipo destinado única y exclusivamente a investigar y acusar crímenes de esta naturaleza, lo que hace que la persecución de estos delitos sea mucho más expedita”, dijo a Forbes la ministra de Ambiente, Susana Muhamad.

La ley también le otorgó nuevas competencias al Ministerio de Ambiente, pues ahora preside el Consejo Nacional de Lucha Contra La Deforestación y otros Delitos Ambientales Asociados (Conaldef), considerado el máximo órgano para la toma de decisiones y quien establece las estrategias para atacar crímenes o delitos ambientales.

Además de la cartera liderada por Muhamad, participan siete ministerios más (Defensa, Salud, Agricultura, Transporte, Cancillería, Minas y Energía y Justicia) acompañados de la Procuraduría General de la Nación y la ya mencionada Fiscalía.

Muhamad también destacó que desde el Conaldef se estableció una alianza con la Unidad de Investigación y Análisis Financiero (UIAF) para perseguir los capitales que financian la deforestación, ya que una de las directivas busca dirigir la investigación criminal a quienes financian los delitos ambientales y no hacia la comunidad, que muchas veces es instrumentalizada para estos fines.

¿QUÉ HA PASADO CON LA DEFORESTACIÓN?

Uno de los grandes hitos de este gobierno ha sido la reducción de la deforestación. El pasado 12 de julio, el Ministerio de Ambiente informó que las hectáreas deforestadas en suelo colombiano habían pasado de 174.103 en 2021 a 123.517 en 2022, representando una caída de 29,1%, cifra calificada como “una reducción histórica”.

Con dicho impulso, los esfuerzos de las autoridades han continuado con fuerza. Según datos de la Fiscalía General de la Nación, se habían realizado 23 operativos y 69 capturas por deforestación entre febrero de 2022 y febrero de 2023, además de que se han implementado estrategias contra la criminalidad organizada que han permitido identificar estructuras que delinquen en diferentes partes del país e identificar el modus operandi y las finanzas de estos grupos criminales.

Según el Índice Global de Crimen Organizado, aproximadamente la mitad de la producción de madera de Colombia se considera ilegal y, desde la desmovilización de las FARC, se han abierto diversas áreas de bosque virgen, creando oportunidades para la explotación criminal.

De otro lado, y conforme a datos del Ministerio de Ambiente, la deforestación cayó 25% durante 2022 en el Amazonas colombiano, cifra que equivale a 45.490 hectáreas de bosque. Cabe recordar que la Amazonía concentra 65% de la deforestación del país, afectando particularmente a los departamentos de Guaviare, Meta, Caquetá y Putumayo.

Esos cuatro departamentos, que conforman el arco amazónico colombiano, fueron los que marcaron la tendencia de reducción nacional. Mientras que la deforestación en Caquetá cayó 50%, en Guaviare, Meta y Putumayo se presentaron reducciones de 37%, 34% y 15% respectivamente.

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De hecho, Caquetá fue el departamento con mayor reducción de la deforestaciónen el país, pasando de cerca de 38.390 a 19.200 hectáreas. Este resultado se logró “gracias a los acuerdos sociales consolidados con las comunidades en Caquetá, Meta y Guaviare, y la inclusión de la deforestación en la Paz Total”, según Muhamad.

¿Y LA MINERÍA ILEGAL?

“Realmente no es lógico pensar que restringir el acceso a las licencias de proyectos mineros puede impactar en la criminalidad. Quienes se dedican a la minería criminal no piensan siquiera si deben o no obtener una licencia, pues es un tema que para nada los afecta”, aseveró Tejeiro.

Desde la perspectiva regulatoria ambiental, lo que se necesita es diferenciar claramente entre ilegalidad y criminalidad, además de acompañar los procesos de formalización de mejor manera, sin dejar de atacar a la minería francamente criminal.

En ese orden de ideas, el experto aseguró que las licencias ambientales no son un instrumento para luchar contra la minería criminal, pero sí deben ser una herramienta que contribuya en la formalización de aquéllos que, por diversas condiciones, hoy ejercen dicha actividad sin haber definido una estructura de control de impactos ambientales.

Y es que hablar de condiciones más duras para licencias de proyectos mineros implica subir estándares y requerimientos para actores que cumplen o intentan cumplir con la normatividad vigente. Por tanto, imponer reglas más duras no afecta la actividad de actores criminales que no adelantan ninguna de sus actividades siguiendo trámites o condiciones administrativas previamente definidas.

Para Garzón, hoy se hace necesario incrementar los operativos y desarrollar todas las medidas que permitan combatir la minería ilegal, especialmente aquella que se está realizando en áreas de importancia ambiental.

Según el Índice Global de Crimen Organizado, el 80% del oro que se extrae en Colombia es ilegal, práctica que a su vez está vinculada con corrupción y altos niveles de violencia, además de que alimenta otras acciones criminales en diferentes partes del territorio nacional.

Teniendo en cuenta el endurecimiento de los requisitos técnicos, jurídicos, económicos y ambientales para regular la actividad legal en la extracción de minerales en el país, Muhamad reconoció que dicho escenario repercute en dificultades para la formalización minera, generando un escenario de incertidumbre a la inversión en este sector económico del país.

De ahí que las personas que se dedican a esta actividad de manera informal e ilegal no ven una oportunidad para acogerse a las alternativas que ofrece el estado para regular su actividad de forma lícita, forjando con esto la explotación ilícita de yacimiento minero, daños ambientales y demás delitos conexos. Con esto en mente, es evidente que se necesitan ajustes en las reglas de juego.

VACÍOS DE LA NORMATIVIDAD

El asociado senior del equipo de Derecho Penal Corporativo en CMS Rodríguez- Azuero, Santiago Calle, dijo que una de las características del derecho penal es que solo se debe hacer uso de la herramienta punitiva del Estado ante las conductas más lesivas que se puedan concebir dentro de una sociedad. “Si bien se debe proteger el medio ambiente, hay conductas que no deberían regularse desde lo penal, sino desde lo administrativo”, detalló.

En adición, muchos de los delitos contra el medio ambiente introducidos por la Ley de Delitos Ambientales están condicionados al “incumplimiento de la normativa vigente”. Esto quiere decir que una conducta puede afectar al medio ambiente, pero si esa afectación se realiza dentro de los parámetros legales permitidos, entonces no será delictiva.

“Esto es un problema, pues dependemos de qué tan importante es para el Gobierno de turno el medio ambiente para tener una protección mayor o menor. En suma, la defensa de nuestros ecosistemas sigue siendo un tema político, y si la normativa permite altos niveles de contaminación, entonces los delitos en la materia pasan a ser casi que simbólicos”, dijo.

Por otro lado, Calle sostuvo que algunos de los delitos introducidos por la ley referida no protegen realmente el medio ambiente, como la apropiación ilegal de baldíos. Bajo esa perspectiva, subrayó que la ley debería centrarse exclusivamente en la sanción de conductas que realmente atenten contra el medio ambiente.

A su juicio, la ley de delitos ambientales tampoco contempla atenuantes de ningún tipo, y aunque en principio esto puede verse como un punto a favor, lo cierto es que debería fomentarse la reparación total o parcial de quien comete la conducta ilícita, si lo que se pretende es la protección ambiental. “Así se motiva a los infractores a que reparen el daño causado y correlativamente se da una mayor protección a nuestros ecosistemas”, concluyó.

Con independencia de los vacíos que tenga la normativa penal, el abogado recalcó que esta ley debería ser la última herramienta del Estado para intentar solucionar los problemas ambientales en el país.

En suma, el derecho penal solo debería activarse cuando todas las otras ramas del derecho hayan fracasado en la protección y promoción de un medio ambiente sano. Y es que no basta con crear un sinfín de delitos que pretendan proteger el medio ambiente si no hay una verdadera conciencia social al respecto. De otro modo, lo único que tendremos será más aumentos del número de denuncias que se ponen año a año sobre la materia, pero sin resultado alguno.

#NuestraRevista Este es un artículo publicado en nuestra edición de la revista Forbes Colombia de septiembre. Si desea recibir esta información de primera mano en nuestra revista física, ingrese a https://forbesdigital.publica.la/library para suscribirse.