La cartera dijo que adelantará las gestiones necesarias para solicitar el desembargo inmediato, dado que la medida no se ajusta a lo establecido en la ley.
El Ministerio de Hacienda reveló que fue notificado de un proceso ejecutivo y de la decisión que un juez que ordena el embargo de cuentas de la Nación, por subsidios no pagados por concepto de tarifas de energía a EPM, que ascienden a más de $1,2 billones.
Ante ello, reiteró que la inembargabilidad de los recursos públicos está protegida por la Constitución y la normativa presupuestaria, garantizando su destinación exclusiva al cumplimiento de las funciones del Estado.
Según la cartera, el Artículo 63 de la Constitución establece que los bienes y recursos públicos son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Además, el Artículo 19 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y el Artículo 34 del Decreto 1523 de 2024 reafirman que las rentas del Presupuesto General y los bienes de los órganos del Estado no pueden ser embargados.
“También establecen que cualquier servidor público que reciba una orden de embargo sobre estos recursos, incluidas las transferencias a entidades territoriales, debe iniciar los trámites para solicitar su desembargo”.
Por otra parte, también está la llamada garantía de continuidad, una protección que asegura que el Estado pueda seguir operando con normalidad y cumpliendo sus obligaciones esenciales en áreas como salud, educación y seguridad.
“El Ministerio de Hacienda y Crédito Público adelantará las gestiones necesarias para solicitar el desembargo inmediato, dado que la medida no se ajusta a lo establecido en la ley”, señaló.
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