El trabajo mediado por plataformas digitales vuelve a estar en el centro del debate en Colombia. ¿En realidad es claro el concepto? ¿Cómo está transformando el mercado laboral?

¿Estamos listos para tener una conversación sobre el trabajo digital? El mundo laboral ha estado inmerso en una serie de cambios impulsados por la cuarta revolución industrial, marcada por las nuevas tecnologías. Un fenómeno de dos facetas: la de las organizaciones que han tenido que adaptarse a las exigencias del mercado laboral y la del desarrollo de otras formas de trabajo mediadas por las plataformas.

Se entiende por trabajo digital a toda actividad que se desarrolla en un ambiente condicionado por las herramientas tecnológicas.

En el sentido estricto, dice Paola Vela, marketing manager de RICOH Colombia, empresa especializada en lugares de trabajo digitales, son “los nuevos ecosistemas laborales soportados en equipos tecnológicos, software y plataformas de gestión; que equipan, conectan y liberan a las compañías para superar sus objetivos de negocio”.

Sebastián Chacón, director académico de la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip), dice que hay una nueva noción de productividad implícita, basada en el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral.

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Fuera de los muros

En un país acostumbrado a la presencialidad, el tránsito hacia el teletrabajo, el trabajo híbrido o el home office fue un gran salto, como enfatiza Vela, pero el desafío actual está en optimizar las capacidades de las empresas para amoldarse a estas modalidades. Lo más complejo de asimilar de ese súbito cambio fue entender que aun por fuera de las oficinas, en ese entorno virtual, los equipos podían mantener e incluso incrementar su productividad.

Ese reto persiste, detalla Pablo Reyes, gerente de Recursos Humanos de Zurich Colombia Seguros, quien detalla que es necesario romper los paradigmas del pasado organizacional y organizarse alrededor de un modelo basado en objetivos y en la confianza en los empleados. “La transformación más grande es la del pensamiento”, sostiene el experto.

Reyes subraya además que esta evolución acelerada del mercado laboral les exige a las empresas tener la estructura que se requiere para que los colaboradores puedan desempeñar sus funciones y satisfacer sus expectativas.

Sergio Chacón, de Acrip, asegura que “las nuevas generaciones de trabajadores que cumplen con las competencias exigidas en la cuarta revolución industrial toman la decisión de acceder a la empresa motivados por la condiciones de flexibilidad y el propósito, antepuestas al salario o posición”.

“Las empresas que se adaptan a los cambios tecnológicos y nuevas exigencias de los consumidores deben ofrecer oportunidades para los teletrabajadores o nómadas digitales basadas en los principios de autonomía y confianza”, agrega.

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La regulación: el meollo del debate en las plataformas

El trabajo digital no se limita a las modalidades alternas a la presencialidad en las organizaciones, sino también engloba otras dinámicas de trabajo autónomo. La Organización Internacional del Trabajo indica que las plataformas han posibilitado que los clientes se conecten con los trabajadores, para la prestación de un servicio o realizar una tarea a demanda. Este es el caso de soluciones como Workana, Uber, Rappi o Upwork.

Daniela Caicedo, asociada de Brigard Urrutia especialista en derecho laboral, dice que “estos individuos no tienen relaciones laborales con dichas plataformas o aplicaciones, toda vez que no están sujetos a subordinación laboral alguna por parte de estas”.

Colombia, aunque tiene avances importantes en materia de teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa, carece de una normatividad clara para quienes se emplean a través de las plataformas digitales, como precisa la abogada. Ante esa ambigüedad, el Ministerio de Trabajo incluyó en la reforma laboral una propuesta para regular esta relación laboral, específicamente en las aplicaciones de reparto.

Pese a que en teoría parece sencillo, la Organización Internacional del Trabajo, en su informe de Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo de 2021, en la práctica es lo más difícil. El articulado que radicó el Gobierno propone que se entienda el vínculo como un contrato de trabajo, con todas las obligaciones que se derivan de ello.

Caicedo sostiene que la complejidad de definir la regulación del trabajo digital está en que las opciones que hoy existen en la norma son limitadas frente a las nuevas condiciones del mercado laboral y la mediación de la tecnología. “En este caso, el ‘vínculo laboral’ puede no ser la mejor respuesta a las necesidades reales que puedan tener las plataformas digitales y los individuos que prestan servicios mediante estas”, apunta.

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Para la experta, la solución está en buscar otras alternativas que se ajusten a la realidad de esta modalidad de trabajo. “Lo anterior implica analizar no solo los intereses de los individuos que prestan servicios mediante las plataformas digitales, sino además las necesidades de las plataformas y de los mismos consumidores, haciendo especial énfasis en las cargas económicas, de tal manera que sean compañías sostenibles a largo plazo”.

Descifrar cómo funciona el trabajo digital es el primer paso para tener las conversaciones que son necesarias sobre su regulación. Y este es el tema del futuro.

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